Si los gobernantes, dirigentes, ejecutivos y élites
privilegiadas por medio y a resguardo de las instituciones y entidades públicas
y privadas, actúan, que seguro que sí, como describe magníficamente aquí en El
País en la Tribuna: Rafael Argullol, “El
molesto factor humano”, más nos vale que empecemos a ponernos a cubierto de
cuanto nos va a caer encima. Habría que ir pensando en una economía al uso de
guerra pero sin armamento ni sangre. La acción colectiva solidaria bien
organizada por los diferentes medios de comunicación con la cobertura de la red
es importante y la movilización civil pasiva en orden también. Veremos pasadas
las fiestas navideñas, una fuerte presión y oposición activa insistente sin
descanso para poner coto a lo que quieren hacer los gobernantes a 9 de la UE
con Merkozy a la cabeza con la comparsa de adláteres. Para empezar se debe
abolir el apartado 21.1 del artículo 123 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, que impide a los Estados financiarse directamente a coste 0 con
la emisión de su propio dinero que es el de todos los ciudadanos y, que
gestionan en régimen de monopolio los bancos, garantizándoles los beneficios y
el cobro preferente vía impuestos sobre cualquier otro gasto social. Y así
seguido en orden de preferencia y prioridad todo lo demás. Leyes éticas y
abolir el mayor dominio de posición en decidir y actuar en perjuicio de quién
sea y demás actuaciones.
Ya está bien. ¡¡Basta ya!!
¡¡Despertemos todos juntos y avancemos para
progresar!!
2 comentarios:
Buenos días,
interesante su reflexión. Si bien, me pierdo en la 2ª parte del artículo, pues soy iletrado en economía. ¿Me podía explicar lo de abolir la posibilidad de financiarse a coste 0 y sus consecuencias, comparando la situación actual y la que vendría? Gracias
alfonodri@yahoo.es
Hola Alfonso,
Veamos, reproduzco de otro post aquí en mi blog, que espero te aclare tus dudas. Solo hay que descargar y leer de EU Bookshop el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ir a la página 241 del pdf. y prestar especial atención al artículo 21.1... cuyo texto sigue: Operaciones con entidades públicas. 21.1. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, queda prohibida la autorización de descubiertos y la concesión de otro tipo de créditos por parte del BCE o de los bancos centrales nacionales en favor de instituciones, órganos u organismos de la Unión, Gobiernos centrales, autoridades regionales o locales u otras autoridades públicas, organismos de Derecho público o empresas públicas de los Estados miembros; queda igualmente prohibida la adquisición directa a los mismos de instrumentos de deuda por el BCE o los bancos centrales nacionales. Saquen sus conclusiones, aunque es evidente que, al final son ellos los amos del dinero, quienes someten a los seres humanos como animales con las cadenas del dinero, cuando debiera ser que el dinero estuviera encadenado y fuera de utilidad a los seres humanos. Saludos,
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